📅

Calculadora Modelo 130

Calcula tu pago fraccionado trimestral de IRPF (modelo 130) en estimación directa.

Revisado: 18 de mayo de 2026Datos normativa 2025100% gratis · sin registroPor AutonomoSpain
Atención: el modelo 130 se calcula con datos acumulados desde enero hasta el final del trimestre que declaras. No solo los del trimestre en curso.

Suma de los 130 ya pagados este año

7% o 15% retenido por tus clientes en facturas

Lectura obligatoria antes de usar este resultado

  • Esta calculadora es informativa y orientativa. No sustituye al asesoramiento de un profesional colegiado.
  • El cálculo puede divergir del resultado real por casos particulares (tu CCAA, deducciones específicas, situación familiar, etc.).
  • Antes de presentar cualquier modelo a Hacienda o tomar decisiones económicas, contrasta el resultado con tu gestor o con la Agencia Tributaria.
  • AutonomoSpain no se responsabiliza de decisiones tomadas en base a estos cálculos.

¿Te ha resultado útil? Compártelo

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Qué es el modelo 130?

Es la declaración trimestral del pago fraccionado del IRPF para autónomos en estimación directa. Se paga el 20% del beneficio acumulado del año, restando los pagos fraccionados anteriores y las retenciones soportadas.

¿Cuándo se presenta el modelo 130?

Se presenta cuatro veces al año en estos plazos: 1T (1-20 abril), 2T (1-20 julio), 3T (1-20 octubre) y 4T (1-30 enero del año siguiente). Si te domicilias, hay que adelantarlo 5 días.

¿Quién está obligado a presentar el 130?

Autónomos en estimación directa (normal o simplificada) cuya actividad NO esté sujeta mayoritariamente a retención. Si más del 70% de tus ingresos vienen de facturas a empresas con retención del 15%, normalmente no tendrás que presentarlo. Las actividades agrarias presentan el modelo 131 en lugar del 130.

¿Qué pasa si el resultado sale negativo?

Si en un trimestre tienes pérdidas o el resultado es cero o negativo, igualmente debes presentar el modelo 130 marcando el resultado como cero. No se devuelve el negativo, pero podrás compensarlo en los trimestres siguientes del mismo ejercicio.

¿El IVA cuenta para el cálculo del 130?

No. El cálculo del 130 se hace SIEMPRE sobre importes sin IVA. Tampoco se incluyen las cuotas de IVA repercutidas ni soportadas.

Herramientas relacionadas

Alertas fiscales + Guía PDF gratis

Suscríbete y descarga la Guía de gastos deducibles para autónomos 2025. Además recibirás cambios en cuotas, IRPF, IVA y novedades. Sin spam.