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Gastos Vehículo Deducibles

Cuánto puedes deducir del coche: IVA 50%, gasolina, ITV, seguro, parking. Reglas claras.

Revisado: 18 de mayo de 2026Datos normativa 2025100% gratis · sin registroPor AutonomoSpain

Profesiones que NO usan el vehículo exclusivamente: oficinas, consultores, freelancers digitales...

Gastos anuales (importes CON IVA)

Gastos puntuales 100% deducibles (con factura)

Lectura obligatoria antes de usar este resultado

  • Esta calculadora es informativa y orientativa. No sustituye al asesoramiento de un profesional colegiado.
  • El cálculo puede divergir del resultado real por casos particulares (tu CCAA, deducciones específicas, situación familiar, etc.).
  • Antes de presentar cualquier modelo a Hacienda o tomar decisiones económicas, contrasta el resultado con tu gestor o con la Agencia Tributaria.
  • AutonomoSpain no se responsabiliza de decisiones tomadas en base a estos cálculos.

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Preguntas frecuentes

¿Qué profesiones pueden deducir el 100% del vehículo?

Solo aquellas con afectación demostrable y exclusiva al ejercicio profesional: transportistas, taxistas, autoescuelas, agentes comerciales (con desplazamientos continuos), agentes de seguros, vehículos de empresa de alquiler, vehículos destinados a transporte de mercancías/personas. El resto de autónomos solo puede deducir el 50% del IVA y el 50% (o el % afecto demostrable) del gasto.

¿Qué pasa con la gasolina si no soy de las profesiones del 100%?

Puedes deducir el 50% del IVA y el 50% del importe como gasto. La práctica habitual es pedir factura nominativa en la gasolinera (no ticket simple) y guardar el justificante. Algunos asesores recomiendan acreditar también el motivo profesional del repostaje (ruta, cliente visitado).

¿Puedo deducir el parking y los peajes?

Sí, al 100% si tienes ticket o factura asociada a un desplazamiento profesional concreto (visita a cliente, reunión...). El parking diario en tu oficina también es deducible si el espacio está afecto a tu actividad.

¿El leasing/renting es deducible?

Sí, con los mismos criterios: 50% IVA y 50% gasto para autónomos generales; 100% para profesiones específicas. Suele ser más fácil de deducir que la compra porque la cuota mensual ya es gasto y no necesita amortización.

¿Y si tengo un vehículo eléctrico?

Las reglas de deducción son las mismas. La buena noticia es que puedes acceder a otras ayudas: deducción del 15% por compra de vehículos eléctricos (con tope), instalación de punto de carga, ayudas MOVES. Consulta la normativa actualizada antes de comprar.

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